El Diario Oficial de Galicia ha publicado hoy una modificación de la orden del 23 de diciembre de 2021 (DOG núm. 8, do 13 de enero de 2022), en la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el fomento de la contratación de seguros agrarios en la Comunidad Autónoma de Galicia.
De esta manera, en cuanto a la concurrencia de las ayudas, se fija que no superará los porcentajes máximos establecidos en las directrices comunitarias de las ayudas estatales al sector agrario para atender posibles pérdidas causadas por desastres naturales, acontecimientos de carácter excepcional, fenómenos meteorológicos adversos asimilables a desastres naturales, enfermedades animales, plagas vegetales y retirada y destrucción de ganado muerto. De esta manera, la subvención conjunta entre Enesa y la Consellería del Medio Rural no podrá exceder los límites: 65 % del coste de la prima para seguros agrícolas y ganaderos y el 50 % en el caso de explotaciones acuícolas.
Además, en el caso de seguros de retirada y destrucción de animales muertos en las explotaciones, la subvención conjunta no excederá el límite genérico del 100 % del coste de la prima del seguro en lo que respecta a la retirada y el 75 % en lo tocante a la destrucción de dicho ganado.
Cabe recordar que el plazo de presentación abarca desde el 1 de enero hasta el 15 de noviembre, según la línea de seguro que se trate, así como del tipo de producción asegurable.